sábado, 10 de noviembre de 2018

El Servicio Jurídico del Parlamento Europeo (PE) duda sobre la conformidad de la enmienda propuesta al Acuerdo UE-Marruecos SPS 05/11/2018 - 14:41

BRUSELAS, 05 de noviembre de 2018  El Servicio Jurídico del Parlamento Europeo (PE) ha planteado recientemente dudas sobre la conformidad de la enmienda propuesta al Acuerdo de Asociación UE-Marruecos con los requisitos de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Parlamento Europeo (TJUE) de 21 de diciembre de 2016, que decidió sobre la inaplicabilidad de los acuerdos comerciales entre la UE y Marruecos en el territorio del Sahara Occidental ocupado, insistiendo en el "imperativo del consentimiento del pueblo saharaui".
La  sentencia del TJUE dictaminó  asimismo que el territorio saharaui tiene un estatus "distinto" y "separado" del Reino de Marruecos, de ahí el imperativo del consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental en cualquier proyecto de acuerdo entre la UE Marruecos.
El dictamen jurídico solicitado al PE relativo  a la propuesta de la Comisión Europea de modificar los Protocolos 1 y 4 del Acuerdo de Asociación UE-Marruecos para ampliar las preferencias arancelarias a los productos originarios del Sahara Occidental ocupado. "
Esta opinión del Servicio Jurídico del PE, fechada el  13 de septiembre de 2018, se produce después de su remisión formal el 23 de agosto de 2018 por el Presidente del Comité de Comercio Internacional del Parlamento Europeo (INTA), Bernd Lange (socialista, alemán), sobre la conformidad de la enmienda propuesta al Acuerdo de Asociación UE-Marruecos con los requisitos de la sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2016, que se pronunció sobre la inaplicabilidad de los acuerdos comerciales entre la UE y la UE.
Formulando  las preocupaciones e interpelaciones expresadas repetidamente por sus colegas parlamentarios sobre este tema, el Sr. Lange planteó varias preguntas a la dirección del servicio jurídico del Parlamento Europeo, en particular las garantías con respecto a la consideración de la UE sobre  los requisitos establecidos en la sentencia del TJUE, en particular el relacionado con "el imperativo de obtener el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental".
A este respecto, y refiriéndose a la sentencia del TJUE, el servicio jurídico del Parlamento Europeo declaró en su respuesta que "la extensión del alcance territorial de los acuerdos UE-Marruecos al Sáhara Occidental está sujeta al consentimiento del pueblo  del Sáhara Occidental”.

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