lunes, 29 de junio de 2020

La Corte Africana tiende a poner el tema de obstruir la organización del referéndum en el Sáhara Occidental sobre la mesa de los jefes de estado, y las pruebas legales que confirman que la adhesión de Marruecos violó el derecho internacional.

Un documento legal preparado por expertos en derecho internacional basado en una solicitud oficial presentada por el Tribunal Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos en 2018 reveló que la decisión de permitir que Marruecos se uniera a la Unión Africana violó el derecho internacional y alentó a Marruecos a continuar su ocupación del Sáhara Occidental.



El documento legal presentado a la Corte Africana la semana pasada confirma que los estados de la Unión Africana están obligados por el derecho internacional y la Carta de la Unión Africana, en cooperación con la República Saharaui a facilitar la organización de un referéndum para decidir el destino del pueblo saharaui.
El documento señalaba que la continua ocupación del Sáhara Occidental constituye una violación del derecho del pueblo saharaui a la soberanía e integridad territorial de sus tierras, y que garantizar estos derechos depende de los hombros de la Unión Africana.
El documento destacó que el derecho internacional establece la obligación de trabajar para evitar que Marruecos ocupe otras partes del territorio del Sáhara Occidental de cualquier manera y en cualquier circunstancia.
El documento enfatizó que la continua ocupación del Sáhara Occidental por parte de Marruecos, la obstrucción de la organización del referéndum y una violación de la soberanía, integridad territorial e independencia del Sáhara Occidental requieren una respuesta explícita de la Unión Africana, que debe tomar las medidas apropiadas.
El documento indicaba que el hecho de no celebrar un referéndum en el Sáhara Occidental viola los derechos políticos de conformidad con las resoluciones 1514 y 2625 de la Asamblea General, el artículo 20 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, y el primer artículo común entre el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con respecto al derecho a decidir Destino.
El documento enfatizó que los países de la Unión Africana están obligados a no reconocer la ocupación marroquí del Sáhara Occidental y, por lo tanto, a abstenerse de cualquier acción que pueda contribuir a legitimar la situación colonial en el Sáhara Occidental, así como a evitar que Marruecos viole los derechos del pueblo saharaui y saquee sus recursos naturales.
El documento concluyó que la Corte Africana tiene plena autoridad para emitir "órdenes" apropiadas para corregir las violaciones llamando la atención de la Unión Africana sobre la situación en el Sáhara Occidental y brindando asesoramiento para organizar una "sesión de emergencia de la Unión Africana, una resolución sobre medidas legales y políticas apropiadas para proteger la seguridad e independencia del Sáhara Occidental y el empoderamiento del pueblo saharaui". Desde ejercer su derecho al camino del destino a través de un referéndum democrático.

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