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jueves, 11 de enero de 2018

Las fuerzas de seguridad saharauis arrestan a un grupo activo en tráfico de drogas dentro de los campos

Boujdour (campos de refugiados saharauis): el martes, los servicios de seguridad saharauis arrestaron a un grupo activo en tráfico de drogas dentro de los campos.

Fuentes informativas confirmaron que el grupo está compuesto por cinco (05) jóvenes arrestados en el estado de Boujdour, y agregaron que están activos además del tráfico de drogas por cuotas, en la venta de alcohol y materiales de máscara.

El desmantelamiento del grupo se produce como parte de una campaña de las autoridades saharauis para abordar las bandas criminales vinculadas a la inteligencia marroquí.

El Polisario insta a las empresas europeas del Sáhara Occidental "después de las conclusiones" del Fiscal del Tribunal de Justicia Europeo a la necesidad de cumplir con el derecho internacional

Shahid Hafiz 10 de enero de 2018 emitida el miércoles, el Frente Polisario apelar formalmente a todas las empresas europeas existentes en el Sahara Occidental y en el desierto aguas territoriales que las actividades son ilegales a la necesidad de cumplir con las decisiones judiciales internacionales en este sentido después de la emisión de conclusiones (resúmenes) de la Procuraduría General de la Corte Europea de Justicia.
El comunicado emitido por el Frente Polisario y explicó que estos desarrollos legales deben ser una oportunidad para revivir el proceso de descolonización del Sahara Occidental bajo la supervisión de las Naciones Unidas que se han desactivado durante muchos años por la intransigencia de Marruecos
El comunicado señaló que el Frente Polisario, toma nota de las conclusiones (resúmenes) del Procurador General de la Corte Europea de Justicia y Aetili en relación con el acuerdo de pesca marítima entre la Unión Europea y Marruecos, que el Fiscal General del Tribunal de Justicia confirmó que el acuerdo es aplicable a Sahara Occidental y sus aguas territoriales, diciendo que "firmó este el acuerdo, la Unión Europea han violado su compromiso de respetar el derecho del pueblo saharaui a la libre determinación y no reconocer la situación jurídica resultante de la infracción y no aplicar las garantías necesarias para la explotación de los recursos naturales en beneficio del Sahara occidental en beneficio de esta población Territorio ".
Fiscal General afirmó que las reclamaciones de Marruecos de la soberanía sobre el Sahara Occidental es una violación del derecho del pueblo saharaui a la libre determinación y ha añadido que "la llamada autoridad de hecho no tienen ninguna base en el derecho internacional", destacando que Marruecos es una potencia ocupante bajo el derecho internacional, por lo que la explotación de los recursos marinos en las aguas territoriales El conflicto sahariano por parte de la Unión Europea no respeta el derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación.
Procurador General también señaló que la mayor parte de la explotación prevista en el acuerdo de pesca en alta mar incluye las aguas territoriales exclusivos del desierto". De hecho, la pesca en las aguas territoriales del Sáhara Occidental representa el 91,5% de la pesca en general realizado como parte de la pesca prevista en el acuerdo de pesca en alta mar.
Según el Fiscal General, "la compensación financiera que deberá pagar la Unión Europea a Marruecos en virtud del acuerdo de pesca debería beneficiar exclusivamente a la población del Sáhara Occidental".
Para ello, este procedimiento continuará y el Frente Polisario espera en silencio la decisión de la Corte Europea de Justicia dentro de unos meses, convencido de que la próxima decisión, además de la Corte Europea de Justicia la decisión de 21 de diciembre, el año 2016 se formaría una barrera prácticamente garantiza el derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación valiosa.
Llamó al coordinador saharaui con la MINURSO M'hamed Jadad todos los órganos de la UE y encarnar plenamente el poder de los principios establecidos por los tribunales europeos, destacando en este contexto que cualquier opción política no incluye estos principios está destinado al fracaso y prolonga sin discriminación del sufrimiento del pueblo saharaui.
El Frente POLISARIO vuelve a pedir negociaciones directas sin condiciones previas para restablecer los derechos del pueblo saharaui a sus recursos naturales

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El Fiscal del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas: Marruecos es una potencia ocupante y el acuerdo de pesca marítima con él no es aplicable al Sahara Occidental y sus aguas territoriales

(Reuters) - El acuerdo de pesca marítima UE-Marruecos no es válido porque se aplica al Sahara Occidental y sus aguas territoriales, el Tribunal Europeo de Justicia (Melkhoer)
Y confirma la Fiscal Europeo, en sus conclusiones, dijo que el pueblo del Sáhara Occidental vaciado a la Alanmn la oportunidad de ejercer su derecho a la libre determinación de conformidad con las condiciones establecidas por la Asamblea General Altdh.oukd Naciones Unidas fue anexado Sahara Occidental al Reino de Marruecos a través de la ocupación sin tener en cuenta el Rayo del pueblo saharaui.
La sentencia añade que Marruecos firmó un acuerdo de pesca marítima sobre la base de la anexión del territorio del Sahara Occidental unilateralmente, y para confirmar su soberanía sobre ese territorio, y por lo tanto del pueblo del Sahara Occidental aún no ha sido capaz de disponer libremente de sus recursos naturales como lo exige el derecho a la libre determinación. En consecuencia, la explotación de la Unión Europea de las pesquerías en aguas adyacentes al Sáhara Occidental está siendo desafiada porque no respeta el derecho de la población del Sáhara Occidental a la autodeterminación.
Fiscal concluyó después de la confirmación de que la soberanía de Marruecos sobre el Sahara Occidental es el resultado de una violación del derecho del pueblo saharaui a la libre determinación, y que la Unión Europea ha incumplido su obligación de no reconocer la situación ilegal resultante de la violación de Marruecos el derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación. Por esta razón, y porque se aplica al territorio del Sahara Occidental y Maahiaa regional, la pesca marina y disposiciones de ratificar y aplicar su acuerdo no es consistente con los tratados que requieren la Unión Europea para proteger los derechos humanos y el respeto del derecho internacional artículos estrictamente observados.
El Fiscal General también considera que el estado de Marruecos como un gobernante de facto o una potencia ocupante en el Sáhara Occidental no tiene ninguna base en el derecho internacional y no puede justificar la conclusión de la Convención sobre la pesca marítima por varias razones, entre ellas:
Primero, el concepto de "poder de administración de facto" no existe en el derecho internacional. En segundo lugar, Marruecos es la Potencia ocupante en el Sáhara Occidental, pero la forma en que se ha celebrado el Convenio sobre la pesca marítima no cumple las normas del derecho internacional humanitario relacionadas con la celebración de un poder ocupante de los acuerdos internacionales relativos al territorio ocupado.
En tercer lugar, el fiscal general cree que la mayor parte de la explotación prevista en el Agahchid respecto marítimas aguas casi exclusivamente territoriales del Sáhara Occidental (la cantidad de peces que se capturan en el que el agua representa aproximadamente el 91,5 por ciento del total del total de peces capturados en la región en el contexto de la explotación de la pesca En virtud del Acuerdo de pesca marítima). Como resultado, la contribución financiera pagada al Reino de Marruecos de conformidad con el Convenio sobre la pesca marina debería beneficiar a la población del Sáhara Occidental casi exclusivamente.
En opinión del Fiscal General, el Convenio sobre la pesca marina no incluye las garantías jurídicas necesarias para la explotación de las pesquerías en beneficio del pueblo del Sáhara Occidental. En este sentido, el Convenio sobre la pesca marítima y otras disposiciones objeto de controversia no cumple el principio de la soberanía permanente sobre los recursos naturales ni las normas del derecho internacional humanitario aplicables a la celebración de acuerdos internacionales relativos a la explotación de los recursos naturales de un territorio ocupado.
Finalmente, el Fiscal General afirmó la necesidad de que la Unión Europea se comprometa a no reconocer un estado ilegal resultante de la violación de ese principio y esas normas, y no a proporcionar apoyo o asistencia para mantener esa situación. Por estas razones, el abogado concluye que el Convenio de pesca no es válido.


La Unión Europea y Marruecos firmaron un acuerdo de asociación en 1996, un acuerdo de asociación del sector pesquero en 2006 y un acuerdo de liberalización de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos pesqueros en 2012. De acuerdo con la sentencia de 21 de diciembre de 2016, Tuvo ante sí un recurso contra la decisión del Frente POLISARIO contra el Consejo de la Unión Europea de que el Acuerdo de Asociación UE-Marruecos no se aplicaba al Sáhara Occidental. Sin embargo, este caso no estaba relacionado con el Convenio sobre la pesca y, por lo tanto, el Tribunal no se pronunció sobre la validez de ese Convenio.
Como referencia, la Asociación Campaña del Sahara Occidental ha proporcionado apelación (CSM) contra la pesca de mar entre Marruecos y la Unión Europea como un acuerdo contraviene el Acuerdo de la Unión de Principios, y la Asamblea es una organización voluntaria independiente diseñado para apoyar el reconocimiento del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación.